Micelio
Auto6 de agosto de 2019

A- de 2019

Ponente Gloria Stella Ortiz Delgado

Demandante Alexander Lopez Piña·Demandado Ecopetrol S..A

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Conflicto Negativo De Competencia Aparente
  • Las reglas de reparto no generan conflictos de competencia en materia de tutela
Conflicto De Competencia Aparente
  • Competencia de autoridad judicial a quien primero fue repartida o ante quien se accionó
2 temas · 2 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto de competencia suscitado entre la Sala Civil-Familia del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Cartagena y el Juzgado Doce Administrativo del Circuito de la misma ciudad.

La controversia se generó luego de que el Tribunal Superior tomara las reglas de reparto contenidas en el numeral 2º del artículo 1º del Decreto 1983 de 2017 para abstenerse de asumir el conocimiento del asunto y emitir un pronunciamiento de fondo.

Recuerda la Corte que con este tipo de actuaciones se aplica una regla que no desplaza la competencia, pero sí afecta la celeridad y eficiencia en la administración de justicia, así como la protección de los derechos fundamentales del accionante.

Se dirime la controversia con la remisión del expediente a la Sala Civil-Familia del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Cartagena, para que de manera inmediata tramite y adopte la decisión de fondo a que haya lugar.

Se hace una advertencia a esta Corporación para que en lo sucesivo, observe con estricto rigor la jurisprudencia de esta Corte sobre los conflictos de competencia en materia de tutela, en especial las reglas reiteradas en las consideraciones del presente auto y abstenerse de promover conflictos aparentes de competencia que demoren las decisiones que debe adoptar como juez constitucional.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (4 puntos)
  1. PRIMERO. DEJAR SIN EFECTOS el auto proferido el 20 de mayo de 2019 por la Sala Civil-Familia del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Cartagena, mediante el cual se declaro sin competencia para conocer de la accion de tutela formulada por el senor Alexander Lopez Pina contra Ecopetrol S.A.
  2. SEGUNDO. REMITIR el expediente ICC-3701 a la Sala Civil-Familia del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Cartagena para que, de manera inmediata, tramite y adopte la decision de fondo a la que haya lugar.
  3. TERCERO. ADVERTIR a la Sala Civil-Familia del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Cartagena que, en lo sucesivo, debe observar con estricto rigor la jurisprudencia de esta Corte sobre los conflictos de competencia en materia de tutela, en especial las reglas reiteradas en las consideraciones del presente auto y abstenerse de promover conflictos aparentes de competencia que demoren las decisiones que debe adoptar como juez constitucional.
  4. CUARTO. Por intermedio de la Secretaria General de la Corporacion, COMUNICAR al accionante y al Juzgado Doce Administrativo del Circuito de Cartagena la decision adoptada en esta providencia.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

Cita a0
No cita providencias registradas.
Citada por0
Ninguna providencia la cita todavía.

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.